Diccionario Bíblico

SEMEN

Letra S

Heb. 2100 zub, זוּב, raíz prim. «fluir, tener emisión [sexual]»; 2232 zerá, זֶרַע, lit. «semilla», fig. «semen, descendiente»; gr. 4690 sperma, σπέρμα, algo «sembrado, semilla, esperma» (Gal. 3:16); Vulg. semen.
En la antigüedad, el concepto común fue que solamente el padre engendraba los hijos al plantar su semilla (semen) en el jardín (vientre) de la mujer, pero era incapaz de explicar los evidentes parecidos de estos con la madre. Por lo tanto, una minoría proponía la teoría de que la mujer también tenía semen (o sangre, según Aristótoles) que se mezclaba con el del varón. Se indica, por lo general, que las mujeres «dan a luz» a los hijos, no los «crean». Tales creencias, junto con los textos que describen nacimientos milagrosos experimentados por mujeres estériles proveen el fondo de los relatos de nacimientos de mujeres estériles y del nacimiento virginal de Jesús.
El semen, al ser un fluido tan importante del cuerpo y esencial para la fecundación, estaba regulado por la Ley. Lv. 15 especifica como líquidos corporales controlados cuatro emisiones de los genitales humanos: la masculina diferente de la seminal, la seminal propiamente dicha, la menstrual y la femenina diferente de la menstrual. La emisión seminal no produce impureza contagiosa, solo el contacto directo con el fluido mismo. Aunque se prohibía el ingreso al Santuario del sacerdote con emisión seminal (22:3–4), el texto no establece que un sacerdote desobediente convirtiera en impura alguna cosa. La impureza seminal no es contagiosa. Además, la impureza seminal tiene el período de incubación más breve de las cuatro señaladas y el método más simple para restaurar la pureza. La emisión de semen constituye una pérdida de fluido vital, y deja impura a la pareja.
La frase usada para la «emisión seminal» en 15:16–18, 32 es shikhebath-zará, שִׁכְבַת־זָרַע, una palabra doble que también aparece en Lv 18. El vb. shakhab, שׁכב, es un eufemismo habitual del coito, y la mayoría de los comentaristas admite el significado literal de «yacer»; los traductores de la LXX así lo aceptan y emplean el término gr. koimao, κοιμάω, que significa «yacer», como eufemismo sexual. En gr. katabolé spérmatos es el término técnico para la emisión de semen de un varón o animal macho.
En tanto que fluido corporal controlado, el mal uso del semen produciría, en principio, más que simple impureza. Además de zará, hay otro término repetido en estas leyes de inmoralidad sexual. La raíz tamé, טמא, «ser impuro, profanar», aparece en el sustantivo tumeah en 18:19 y como infinitivo en los versículos 20 y 23. Es el término operativo en las leyes levíticas sobre el semen en 15:16–18 e indicaría la presencia de una sustancia controlada que causa impureza. Los textos legales de los caps. 18 y 20 especificarían formas de abuso y la gravedad de las ofensas, pero en principio cualquier sustancia bajo control del Código de Santidad podría ser mal empleada o desaprovechada, produciendo profanación o impureza.
¿Qué ocurre cuando dos fluidos corporales controlados, tales como el semen y los menstruos, entran en contacto? En este punto, los caps. 15 y 20 están en conflicto. En el cap. 15 el varón solo comparte la impureza menstrual y nada se especifica sobre la mujer. Sin embargo, en 20:18 una y otro debían ser «cortados», es decir, «aislados». Pareciera que 15:24 solo contempla los resultados del contacto personal con menstruos sin referencia al semen, a pesar del material seminal de la sección precedente. En contraste, si los caps. 18 y 20 enfatizan el abuso del semen, el contacto entre ambos fluidos es la ofensa de 20:18 y establece así un castigo mayor.
La emisión infecunda no pareciera un despilfarro de semen. Si los biblistas están en lo correcto cuando identifican emisión nocturna y masturbación como el tema de 15:17, la Ley supone la legalidad de la emisión seminal infecunda. En otros lugares, como en los caps. 18 y 20, algunos biblistas concluyen que las prohibiciones de la homosexualidad masculina y la bestialidad están vinculadas a la infertilidad de estas formas de coito. Empero, el adulterio está incluido en las leyes de los capítulos 18 y 20, y puede resultar fértil (como el coito menstrual, aunque menos a menudo). En el cap. 15 la emisión estéril es aceptada como una actividad normal cubierta por la misma Ley que el coito heterosexual. En la homosexualidad masculina y la bestialidad la falta está en otro factor que la esterilidad. Véase ESTÉRIL, IMPUREZA, SEXUALIDAD.