Diccionario Bíblico
Robo
Letra R
La legislación israelita en cuanto al robo y el hurto distaba de la severidad de los códigos babilónico, asirio y principalmente heteo. Exigía simplemente la devolución de lo robado o hurtado, aunque con una indemnización por daños (→ Restitución). Había una especie de multa que llegaba hasta el doble si se trataba de dinero (Éx 22:7); y hasta el cuádruple y quíntuple, si se trataba de animales (Éx 22:1–4). Si el ladrón no podía restituir lo robado, podía ser vendido como esclavo para asegurar la reparación (Éx 22:3). En Mesopotamia y en otras partes la compensación se elevaba a diez, treinta o incluso hasta sesenta veces el valor de la cosa robada, y en algunos casos se señalaba la pena de muerte.
Junto con la descripción de los distintos robos y sus respectivos castigos, el llamado «código de la alianza» o del pacto, determina en muchos de sus artículos la responsabilidad por diversos daños a la propiedad ajena ocasionados accidental o voluntariamente o por negligencia; por ejemplo, dejar un pozo o cisterna (Éx 21:33), daños causados por un buey corneador (Éx 21:29, 35, 36), daños y perjuicios en un campo o viñedo (Éx 22:5), descuido en guardar una bestia (Éx 22:10, 13), incendio (Éx 22:6), robo de ganado (Éx 22:14) o de bienes en depósito (Éx 22:7). El desplazamiento de los límites y los pesos y las medidas adulteradas son condenados formalmente (Lv 19:35; Dt 19:14; 25:13–16). La apropiación de bienes confiados en custodia es considerada un robo (Nm 5:5–10).

